Elaboración de planes de igualdad

La ley orgánica de 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, incorpora expresamente en nuestro ordenamiento jurídico las acciones positivas, que podemos entender en este aspecto como el conjunto ordenado de medidas específicas encaminadas a hacer efectivo el principio de igualdad por razón de sexo, erradicando las situaciones de discriminación que las mujeres sufren en relación a los hombres, lo que vienen a ser los ‘Planes de igualdad en la empresa’.

 

Dichas medidas son adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación,
tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

Los Planes de Igualdad fijarán los objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados